Hemos tenido la oportunidad de entrevistar a tres figuras muy importantes en la lucha contra la violencia de género (VG). Y ellos han decidido dar un paso al frente para denunciar públicamente una injusticia.
La violencia de género está presente en nuestra sociedad, y para ello existen medidas que deben aportar seguridad y protección a la víctima como son las órdenes de alejamiento. Existen diferentes grados de órdenes de alejamiento, desde las más básicas, hasta las más fuertes que se basan en ponerle al agresor un brazalete en el tobillo para controlar que cumple la orden de alejamiento mediante un sistema telemático.
A pesar de esto, existen casos como del que vamos a hablar donde "injustamente han dejado absuelto al maltratador que ha quebrantado la orden de alejamiento, atemorizando a su víctima en múltiples ocasiones".
Hemos tenido el placer de hablar con María Chaparro León, víctima y superviviente de violencia de género, escritora de tres libros sobre este tema, y experta y profesional formada en la lucha contra la violencia machista.
María, fue víctima de violencia de género y a día de hoy su maltratador cumple condena en prisión. Pero a pesar de haber sido condenado a pasar casi 9 años de prisión, ha salido absuelto de los "quebrantamientos de la orden de alejamiento que cometió".
María se autodefine como superviviente de violencia, y aconseja y ayuda a muchas mujeres víctimas de esta lacra. Y por eso nos cuenta que necesita hacer visible su caso: “No puedo considerarme superviviente plena de esta violencia, mientras esté presenciando que mi maltratador incumple la orden de alejamiento y no lo condenan", dice, y recalca que "esta es la principal razón por la que hago visible mi caso: porque no puedo fallarme ni a mí, ni a ellas. Porque cada vez que les diga a las mujeres que pueden confiar en la Justicia, quiero hacerlo con total convencimiento de que les digo la verdad".
Este medio ha sido informado de que en ese procedimiento quedó demostrado que el maltratador quebrantó la orden de manera voluntaria e intencionada y teniendo conocimiento de que tenía totalmente prohibido llevarlas a cabo. El maltratador en vez de asumir la orden de alejamiento como una pena privativa de libertad para él, la asumió como herramienta para seguir maltratando y controlando a María, la víctima.
María nos ha dicho que desde que tuvo conocimiento de que la jueza lo había dejado absuelto, no dejan de atormentarle varias cosas: “Por eso después de haber recibido una sentencia donde lo dejan absuelto por estos delitos, hay varias cosas que no dejan de atormentarme. Me gustaría saber cómo se calma, se palía o se mitiga ese daño que los maltratadores nos provocan a través de las órdenes de alejamiento. Porque a mí, esto me está atormentando todos los días… Saber el daño que he tenido que soportar… ¡es inhumano! Me atormenta pensar que esta persona provocaba continuamente quebrantamientos de la orden de alejamiento y no va a haber consecuencias por ello para él. Me atormenta pensar que la justicia permita estas cosas, me provoca mucho dolor. Porque pienso que lo mismo que he vivido yo con la orden de alejamiento lo pueden vivir otras mujeres en mi situación y no lo veo justo. Ni para mí, ni para nadie. Porque cuando ponemos la denuncia, es porque confiamos en la justicia. Cuando yo puse la denuncia, es porque confié plenamente en la justicia y confié en que la orden de alejamiento fuese efectiva y me aportase seguridad y tranquilidad. Necesito poder confiar en la justicia, para poder decirles al resto de mujeres, que la justicia nos protege ante nuestros maltratadores, y necesito poder decírselo con total convencimiento”.
Hemos tenido también la oportunidad de hablar con el prestigioso letrado Juan de Dios Ramírez Sarrión, letrado con una amplia experiencia laboral, que ha participado en casos famosos como el de María Salmerón, Juana Rivas, Marta del Castillo.
Juan de Dios, nos ha hablado de la sentencia de fecha 9 de mayo de 2022 dictada por el juzgado de lo Penal numero 2 de Ciudad Real, y nos dice: “Considero que el sistema de control deviene absolutamente ineficaz y no garantiza la integridad ni la seguridad de la víctima, si desde la jurisdicción penal se dictan absolutorias en las que a pesar de contar con todos los informes y grabaciones por el Centro de Control de gestión de estos dispositivos, en los que se demuestra de manera flagrante el incumplimiento de la medida, se está enviando un mensaje de absoluta inseguridad para las mujeres víctimas de maltrato, cuya única medida de seguridad es un dispositivo de alerta y de que el sistema no está funcionando, pues como hemos dicho el mensaje que le transmitimos a la sociedad es que las órdenes de alejamiento si no se cumplen no pasa nada, y a las mujeres víctimas de violencia de género les estamos diciendo que aunque les pongan una orden de alejamiento no están seguras, y aunque su maltratador la incumpla, no va a suceder nada.”
Diferentes fuentes han asegurado a este medio, que este maltratador, al cual se le impuso una medida de alejamiento con control de sistema telemático, a día de hoy cumple condenas por un delito de maltrato habitual, condenado a 22 meses de prisión; por 4 delitos de malos tratos en el ámbito de violencia sobre la mujer, condenado de 7 meses de prisión cada uno de los delitos; por los delitos de lesiones fue condenado a 2 años de prisión. También ha sido condenado como autor criminalmente responsable de un delito de descubrimiento y revelación de secretos del art.197.1 CP, la pena de 2 años y seis meses de prisión. Todas estas condenas son firmes y ratificadas.
Pero en los juicios celebrados por quebrantamiento de la orden de alejamiento, en el que tanto el ministerio fiscal como la acusación particular acusaban, en nombre de la víctima, la jueza ha emitido sentencias absolutorias.
Juan de Dios nos dice: “Ha salido absuelto, y ello pese a que se ha demostrado suficientemente, que en varias ocasiones el agresor, provocó que saltaran las alarmas por separación del brazalete provocando que la orden de alejamiento no funcione. La separación de estos 2 elementos sólo y únicamente la puede llevar acabo el agresor, que es el que los porta y los tiene en su poder. En múltiples ocasiones el agresor, provocó que saltaran las alarmas por no atender llamadas telefónicas ni de Centro de Control Cometa ni de la propia Policía. Así como en otras múltiples ocasiones el agresor, se negó a seguir las instrucciones que el sistema le exigía para un correcto funcionamiento de la orden de alejamiento. En otras muchas ocasiones el propio agresor elige posicionarse en lugares donde sabe que no va a haber GPS y así va hacer que el funcionamiento de seguimiento de GPS de su orden de alejamiento no funcione. Haciéndolo así ineficaz. En otra ocasión dejó sin batería de manera voluntaria el dispositivo provocando que así se apagase y el seguimiento de GPS de la orden de alejamiento no funcionase. En otras ocasiones pasó por el domicilio de la víctima, lugar que tiene totalmente prohibido (zona de exclusión fija) sin haber avisado a policía o Centro de Control Cometa y sin haber pedido permiso judicial previo. E incluso tras exigirle en varias ocasiones policía y Centro Control Cometa que debía pasar de manera urgente para pasar un mantenimiento obligatorio de la orden de alejamiento él se negaba continuamente". Ahora tienen que proceder a recurrir, y alargar más aún este proceso que tanto daña psicológicamente a la víctima.
Según las mismas fuentes, han aportado una sentencia emitida por la Audiencia Provincial donde por los mismos hechos se condenaba al acusado y se le otorgaba una indemnización por daños morales y psicológicos a la víctima. Pero la Jueza de este procedimiento no quiso aceptarla como prueba. Este es un claro ejemplo, de la falta de imparcialidad de algunos jueces.
Y sobre esto también ha opinado Gregorio Gómez Mata, director de la Asociación Alma (asociación basada en la lucha contra la violencia de genero). Gregorio testificó en la vista oral de este procedimiento, como testigo directo de los daños que presenció en la víctima a consecuencia de los quebrantamientos de la orden de alejamiento que su agresor estaba provocando.
Gregorio dice que desde su asociación muestran total apoyo a María, y denuncia la continua indefensión que sufren las mujeres una vez consiguen reunir las fuerzas suficientes y comenzar a luchar por su libertad.
El director de la asociación alma nos explica: “Continuamente las instituciones lanzan mensajes en medios de comunicación o realizan campañas intentando incentivar a las mujeres a que interpongan una denuncia para poder poner en marcha toda la maquinaria institucional y 'ayudarlas'. Cargan sobre ellas la obligación de dar el primer paso, con la excusa de no poder hacer nada si ellas no lo hacen primero. Aceptaremos como 'buena' tal obligación. ¿Pero qué ocurre cuando ellas dan el paso? En teoría deberían empezar a funcionar todos los supuestos recursos que están a su disposición, uno de ellos y vital en esos primeros momentos, la protección. Para ello la Justicia dispone de varias herramientas, entre ellas la orden de alejamiento, la cual puede ir acompañada de la interposición de la Pulsera de Alejamiento en virtud del peligro que los juzgados puedan observar, que por desgracia en ocasiones no es muy acertado. En muchas ocasiones, demasiadas, los penados quebrantan la orden de alejamiento intencionadamente de forma muy sencilla, no podemos olvidar que siempre controlan a sus víctimas y saben sus movimientos y costumbres, para ello es tan fácil como ir a tomar un café justo al lado de donde la mujer tenga que pasar. Una vez vale, e incluso en dos ocasiones puede pasar esta situación por casualidad, pero cuando la situación no para de repetirse y se ve claramente una intencionalidad por parte del penado, los juzgados deberían poner remedio a dicha situación, no solo con una condena firme por incumplimiento de una orden judicial, también con una compensación económica a la mujer que la sufre, ya que es un daño adicional intencionado el que se produce. En el caso de María Chaparro León ha ocurrido esto reiteradamente, y ella para dar solución solicitó ayuda a la justicia, la cual ya había condenado anteriormente al maltratador. Ella ha aportado multitud de pruebas probatorias que demuestran la intencionalidad por parte de su expareja, el cual seguía 'maltratándola' saltándose la orden de alejamiento o incumpliendo las indicaciones que el Centro Cometa le daba para mantener el buen funcionamiento de la pulsera de alejamiento, pese a sentencias y órdenes judiciales en vigor".
Y continúa afirmando que “pese a toda la documentación y pruebas que se han presentado ante el tribunal, este ha tomado la decisión de absolver a su expareja de tales hechos. Esto demuestra dos cosas: 1.- Incomprensión total por muchas de las personas que forman parte de los juzgados en que consiste realmente la violencia de género y como los hechos descritos son una manera más que tiene el verdugo de llegar a su víctima, sin que la justicia ponga remedio por no llegar a comprenderlo. 2.- Nuestros mandatarios deben dar un paso al frente y realmente hacer algo ante estas situaciones. No solo vale con unos cursitos de formación, hay que hacer especial hincapié en la concienciación.