La gran abogada laboralista, jurista, politóloga y estadista Yolanda Díaz, ministra de Trabajo y Economía Social y vicepresidenta segunda en funciones del Gobierno de España, ha sentado cátedra en una entrevista concedida, graciosamente y sin intención propagandística, a La Vanguardia (17/09/2023, https://www.youtube.com/watch?v=irVRLhI7-zU ). En ella, ha clarificado de modo erudito, pero sin sentir la necesidad de aportar referencias ni fuentes académicas para la contrastación del rigor de sus aseveraciones, algunos de los elementos más importantes de su Teoría y Práctica de la Política, que es de esperar que algún día ponga negro sobre blanco en algún libro con tomo y lomo que pueda usar, para sus clases universitarias, su amiga Marta Lois, quien debe estar aprendiendo mucho en su compañía. Alguno de estos elementos, de teoría y práctica son, por orden de aparición en la entrevista, los siguientes [En negrita, algunos comentarios ingenuos e inocentes del autor]:
―«Hablo todos los días con el Presidente…» [incluyendo, es de suponer, los días anteriores al viaje a Bruselas, cuando obtuvo la autorización presidencial o le ocultó sus intenciones]; «Despaché con él al regreso de Bruselas» [para informarle del éxito de la reunión con el prófugo Puigdemont];
―«[Para la ley de amnistía a beneficio de los sediciosos del 1 de octubre de 2017] Necesitamos un acuerdo social y político con empresarios, sindicatos y sociedad civil» [solo falta incluir el municipio y ya tenemos la «democracia orgánica franquista»];
―«No es una ley de amnistía, acaba en una ley orgánica de amnistía…» [Parece claro de toda lógica que una ley orgánica es una LEY. Además: artículo 81.1 de la CE:
«Son leyes orgánicas las relativas al desarrollo de los derechos fundamentales y de las libertades públicas, las que aprueben los Estatutos de Autonomía y el régimen electoral general y las demás previstas en la Constitución».
¿Es la amnistía alguna forma de «derecho fundamental» o de «libertad pública», contemplada por algún Estatuto de Autonomía, el régimen electoral general o la Constitución? Obviamente, no];
―«Hay 3 tipos de amnistía [¿Dónde se puede encontrar una teoría académicamente aceptada acerca de tal clasificación que justifique el «hay…»?] (…) para ser sintética…» Seámoslo nosotros un poco más (y claros y eficaces en la exposición):
1.- Amnistías transicionales (de cambio de régimen político, de dictadura a democracia, como la española de 1977);
2.-amnistías utilitaristas (expresión, mal empleada, de Y.D.), como las «amnistías fiscales del PP»… que, aceptables o no, no fueron «amnistías». Esta es la consecuencia del uso indiscriminado de la metáfora en el lenguaje político: la metaforización por entrecomillado da paso a una literalización por supresión de las comillas y a la confusión de conceptos y categorías para su mal uso, inocente o mal intencionado. Por otro lado, la amnistía que pretende Yolanda Díaz para los sediciosos de 2017 es, precisamente, una amnistía utilitaria (o, sin más, «útil», como los medios justificados por los fines «maquiavélicos»), ad hoc y coyuntural;
3.-amnistías resolutorias de conflictos, existentes o inventados para la ocasión. [En este caso, la expresión es correcta, si se entiende que el conflicto es el que se plantea entre el deseo irrefrenable de Sánchez de ser reinvestido presidente ―y de Díaz de repetir como vicepresidenta (primera, es de suponer)―, los objetivos de los nacionalistas catalanes (y todos los demás) y los intereses generales del pueblo español, expresados en la Constitución].
―[La amnistía de 1977 se promulgó para superar] «…el régimen dictatorial más agresivo del mundo» [se refiere al régimen del dictador Francisco Franco, muerto el 20 de noviembre de 1975; recordemos que en 1977 existían: la URSS, la República Popular China, la RDA, la Kampuchea Democrática, la República Popular Democrática de Corea, la República de Cuba y tantos otros regímenes exquisitamente democráticos según Yolanda Díaz; lea, quien tenga estómago, su prólogo a la edición del Manifiesto comunista de Marx y Engels de Galaxia Gutenberg, 2021];
―[El PP pretende llevar a cabo] «…un proceso destituyente (…) combaten un gobierno de coalición progresista que no ha nacido todavía» [1º: «gobierno progresista» apoyado por la ultraderecha y la ultraizquierda nacionalistas catalanas y vascas y, residualmente, el BNG; 2º: ¿En qué quedamos: el gobierno de coalición progresista «no ha nacido todavía» o lleva ya cuatro años haciendo de las suyas? 3º: ¿Qué entiende esta gente por «progresista»? ¿Son el PNV, Junts per Catalunya, ERC y EH Bildu, además del BNG, «progresistas»?];
―[Feijóo está cometiendo un] «…fraude de ley con el artículo 99 de la Constitución española» [1º: la jurista Yolanda Díaz no ha leído el artículo 99 de la Constitución española, y posiblemente los otros tampoco, o no sabe qué significa «fraude de ley» (ambas hipótesis verosímiles), porque si no, no se entiende…2º: Yolanda Díaz está acusando al Jefe del Estado de «fraude de ley» (signifique esto lo que signifique en su cabeza) por aplicar la literalidad del artículo 99 y la costumbre establecida. Ella verá…];
―«La ciudadanía española validó las políticas públicas que desplegamos» [¿Cómo validó la ciudadanía española las «políticas públicas» desplegadas por el gobierno de coalición progresista? ¿Votando más al agregado opositivo de «la derecha» que al agregado gubernativo de «la izquierda»? (dejando aparte a los nacionalistas, a quienes por definición, no les interesan las «políticas públicas» estatales españolas)].
Dejémoslo aquí, que la entrevista-masaje de La Vanguardia tampoco dio para más, dada la estatura política e intelectual de la entrevistada. Ione Belarra e Irene Montero tienen una mejor opinión de Yolanda Díaz. Por no hablar de Puigdemont, con el que la Vicepresidenta en funciones seguro que, para evitar la grima del español, habló, sin intérprete, en inglés.